Residencia e Inmigración
Actualizado 4 de septiembre de 2026
La residencia temporal casi siempre empieza fuera de México. Solicitas en un consulado mexicano en tu país, demuestras solvencia económica, y si te aprueban recibes una visa en el pasaporte. Esa visa no es la residencia: es permiso para entrar y terminar el trámite.
Al cruzar tienes un plazo limitado para iniciar el canje en una oficina de migración, que convierte la visa en la tarjeta de residencia. Si se te pasa el plazo, por lo general vuelves a empezar en un consulado.
San Felipe tiene su propia subrepresentación del INM, así que no hace falta ir a Mexicali:
Instituto Nacional de Migración — San Felipe Av. Mar Amarillo y Calzada Chetumal No. 455, Zona Centro, C.P. 21850 Lunes a viernes, 09:00–15:00 (686) 577 1083
La residencia temporal dura un año al principio y se puede renovar; después de varios años se abre la residencia permanente.
Los montos de ingresos y ahorros los fija cada consulado y cambian seguido. Confirma las cifras actuales con el consulado donde vayas a solicitar. Mucha gente aquí usa un gestor o abogado migratorio, y para la mayoría vale la pena: el trámite no perdona los detalles.